Descripción y modelo de reclamación de daños contra la Administración Local.


Ya traté este tema en otro artículo. En ese caso emití informe jurídico y en esta ocasión me acerco al tema de una manera más práctica.

Os recuerdo el anterior artículo:


Y os dejo el nuevo. El modelo tiene las zonas pendientes de rellenar con excepción de algún apartado en el que he inventado una situación para que se comprenda con más facilidad que es lo que hay que explicar en el mismo.


Descripción del procedimiento

La reclamación por daños a un Ayuntamiento debe ser dirigida a Alcaldía-Presidencia, a la Concejalía afectada por la reclamación y a Secretaría municipal.

El objeto de la solicitud es la petición de indemnización por daños materiales y/o personales, derivados de responsabilidad patrimonial de la administración municipal.

Siendo beneficiario la persona física o jurídica interesada. Admitiéndose que la solicitud la realice un representante que debe acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho, o mediante declaración del interesado en comparecencia personal.

Es requisito imprescindible que los bienes o derechos del solicitante se hayan visto lesionados como consecuencia de responsabilidad administrativa. Y siempre que no haya transcurrido un año desde que ocurrió el siniestro (en el caso de daños personales el plazo de un año empieza a partir de la fecha del alta médica).

Normativa


Ley modificada por Ley 4/99 de 13 de enero (BOE 14/1/99).

Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial (Real Decreto 429/93 de 26 de marzo; BOE 106 de 4/5/1993) artículo 6.

• Los daños que se produzcan a consecuencia del mal estado de las vías públicas, están incluidos en el “Reglamento de los procedimientos de las administraciones publicas en materia de responsabilidad patrimonial” – (articulo 54)

• Art. 54, de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que dispone: “Las Entidades locales responderán directamente de los daños y perjuicios causados a los particulares en sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos o de la actuación de sus autoridades, funcionarios o agentes, en los términos establecidos en la legislación general sobre responsabilidad administrativa.”

• De la aplicación al presente supuesto de los principios generales de la responsabilidad patrimonial, recogidos en la Ley 39/2015 PAC, resulta la precisión de que los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualesquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

• art. 6 del reglamento del procedimiento de la Administración Pública en materia de responsabilidad patrimonial (RD 429/93 de 26 de marzo)

• art. 70 e 71.1 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas 30/92 de 26 de noviembre de 1992.

Documentación a presentar

Escrito de reclamación indicando:

Nombre, dos apellidos y DNI del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente (importante incluir teléfono de contacto).

Lugar que se señala a efectos de notificaciones.

Se especificarán con toda claridad las lesiones o daños, la relación de la causa de estas con el funcionamiento de los servicios públicos, la evaluación económica, el momento, lugar y circunstancias de producción del daño, y la petición de indemnización.

Se acompañarán cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos, como:
  • Parte de la Policía Municipal, si ha intervenido.
  • Testigos.
  • Fotos del lugar o del hecho.
  • Parte médico, en su caso.
  • Todo tipo de información que atestigüe el hecho.
  • La documentación presentada será original, o copia que será cotejada con el original en la propia unidad tramitadora.

EN RECLAMACIONES POR DAÑOS EN VEHÍCULOS:
  • Permiso de circulación, ITV y seguro en vigor.
  • Fotocopia del carnet de conducir.
  • Factura o presupuesto de reparación del vehículo.

Más información

PLAZO DE TRAMITACIÓN LEGAL:
6 meses.

PLAZO ESTIMADO:
6 meses.

SILENCIO ADMINISTRATIVO:
negativo.

RECLAMACIÓN PATRIMONIAL AL AYUNTAMIENTO 

MODELO:


¡EJEMPLO!
Situación ficticia para concretar redacción algunas partes del ´Modelo´

AL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ::::::::::::::::::::::::::::::::::::::
Dº/Dª :::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::, con domicilio en C/ :::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::: de :::::::::::::::::::::::::::::::::: C.P. :::::::::::: y con D.N.I. nº ::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::, quien firma el presente escrito en prueba de conformidad y aceptación, ante VD comparece y como mejor proceda DICE:

Que en virtud de este escrito interpone reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública, en reclamación de cantidad por los daños y perjuicios ocasionados por ::::::::::::::::::::::: ¿Qué ha pasado? :::::::::::::::::::::::: ocurrido como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos de conformidad con los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

ANTECEDENTES DE HECHOS

1. Daños producidos: descripción y circunstancias de tiempo y lugar de la vía en la que se produjeron los daños:

El día .. de … de …., sobre las …. horas, paseaba con mi perro por el Parque Central de Algete, a la altura de la Avenida del Cigarral, cuando como consecuencia de la presencia de cristales rotos situados en las zonas de paso, se le produjo un corte profundo en una de las patas que le ocasionó una herida profunda y una intensa hemorragia.

Como consecuencia de las heridas causadas por estos cristales se produjeron daños descritos en informe veterinario adjunto. 
2. Relación de causalidad entre el daño producido y el funcionamiento del servicio público.

El daño causado es consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos y merece ser considerado causa del daño ya que es en sí mismo idóneo para producirlo según la experiencia común.

El mal estado de cuidado y conservación de la zona de paso de este Parque de titularidad municipal ha sido denunciado de manera reiterada sin que se haya dado una respuesta por parte del propio Ayuntamiento. 
Este mal mantenimiento, falta de limpieza y permisividad para usos del Parque de los que tiene señalados (es zona de frecuentes “botellones”), es la causa directa del daño, y demuestra el mal funcionamiento de la administración local en sus deberes de mantenimiento de sus viales y aceras, señalización de los mismos y adecuación de los mismos para sus usos determinados. 
3. Evaluación económica de la responsabilidad patrimonial. 
Opción 1  Reclamación daños a personas [La evaluación económica de la responsabilidad patrimonial dependerá del tiempo de baja que permanezca mi representada así como de las secuelas y posible invalidez que le quede, remitiéndonos a tal efecto a los informes médicos que aportaremos en momento de su alta].
Opción 2 Reclamación daños a bienes [La evaluación económica se corresponde con las facturas presentadas y adjuntadas a la presente reclamación] 
FUNDAMENTOS JURÍDICOS 
1.-De la competencia del órgano para resolver el expediente y procedimiento que ha de seguirse.

La competencia corresponden al Excmo. Ayuntamiento de :::::::::::::::::::::::::::::::::::: a quien nos dirigimos por ser la Administración titular de la zona en que se produjo el daño, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.- De la pretensión suscitada.

Es incumbencia de la Administración Titular de la vía pública la realización del mantenimiento necesario para el mantenimiento correcto de la misma y su señalización adecuada, siendo tal incorrecto funcionamiento de los servicios públicos el incumplimiento o defectuosa realización de estas obligaciones. 
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con la normativa vigente,

SOLICITA: 
Primero: Que se tenga por presentada esta reclamación en tiempo y forma, se admita a trámite y previos los actos de instrucción que sean necesarios, se dicte resolución por el que se reconozca a esta parte del derecho a una indemnización por los daños producidos en los términos expresado en los antecedentes de este escrito. 
Segundo: Que se tengan por aportado los siguientes documentos y se practique la siguiente prueba, al objeto de acreditar debidamente los hechos mencionados en la presente reclamación: 
1.- Parte de Asistencia Urgente. 
2.- Documentación que acredita titularidad del bien. 
3.- Otra documentación acreditativa de la situación, de las reclamaciones presentadas y de acreditación de identidad.
Prueba: Que a los servicios de mantenimiento del Ayuntamiento de Algete y de seguridad ciudadana se les encargue informe sobre el estado de este Parque del municipio y usos que se da al mismo para realización de reuniones de jóvenes con botellas de cristal, con abandono y rotura de las mismas. 
Otrosí Digo: Que aportaremos cuantas pruebas nos sean solicitadas de buena fe para acreditar lo expuesto en la siguiente reclamación. 
En ::::::::::::::::::::::::::::::: a ::::::::: de :::::::::::::::::::::::::: de ::::::::::::::::::::::: 
Firmado: